lunes, 29 de julio de 2013

Ley 11/2013 de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo

Este sábado 27 de julio se ha publicado en el BOE la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

 Entre otras medidas de apoyo al emprendedor, se establecen los siguientes incentivos fiscales para los primeros años de actividad:

martes, 2 de julio de 2013

Futuras modificaciones en IS: DETERIORO DE CARTERA y PÉRDIDAS DE EP EN EL EXTRANJERO

El Consejo de Ministros del pasado 28 de junio ha anunciado las siguientes modificaciones en materias de IS con la finalidad de aumentar la recaudación:

lunes, 10 de junio de 2013

Solicitud de devolución de la tasa judicial – Modelo 695

Desde el 1 de junio de 2013 se pueden presentar las solicitudes de devolución de la tasa judicial a través del modelo 695 en los siguientes supuestos:

-          Por allanamiento total

-          Por alcanzar un acuerdo que ponga fin al proceso

-          Por reconocimiento total de todas las pretensiones del demandante en vía administrativa por parte de la Administración demandada

-          Por acumulación de procesos

Sería conveniente poner en conocimiento del Tribunal que corresponda que se va a presentar o se ha presentado el modelo 695 para que compruebe si ha remitido la información de este tipo de procesos para que la Agencia Tributaria verifique la veracidad de la solicitud del contribuyente mediante el modelo 695 y, de esta manera, agilizar los trámites y evitar retrasos en las devoluciones.

lunes, 3 de junio de 2013

Las novedades fiscales que vendrán: EMPRENDEDORES

A pesar de que aun están debatiéndose las medidas entre las diferentes partes y aun no tenemos copia del Anteproyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, ya hay una serie de medidas fiscales que parecen que están claras y que podrían aprobarse entre Octubre y Noviembre.

Las principales medidas fiscales que se van a incluir en la futura ley podrían ser las siguientes:

Modelo 108 - Gravamen único sobre revalorización de activos de la Ley 16/2012, para contribuyentes del lRPF


¿Quién debe presentar el modelo 108?

Contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas y que lleven su contabilidad conforme al Código de Comercio o estén obligados a llevar los libros registros de su actividad económica y que, además, quieran realizar la ACTUALIZACION DE BALANCES.

¿Cómo se debe presentar el modelo 108?

viernes, 31 de mayo de 2013

Declaración de la renta 2012


Aunque estamos a mitad de la campaña de la renta correspondiente a 2012 y muchos de vosotros ya la habréis presentado, aprovecho para recordaros algunas cuestiones a tener en cuenta para esta campaña de Renta ya que no he podido hacerlo antes (lo siento):

CONTRIBUYENTES DEL IRPF OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE LA RENTA:

miércoles, 27 de febrero de 2013

Modelo 720 - Cumplimentación


¿CÓMO SE REALIZARÁ LA PRESENTACIÓN DEL MODELO 720?
El modelo 720 se presentará telemáticamente a través de internet por el declarante o, en su caso, por el presentador autorizado.
Se deberá utilizar previamente un programa para obtener el fichero con la declaración. Este programa podrá ser el formulario desarrollado por la AEAT para la declaración correspondiente al modelo 720 u otro que obtenga un fichero con el mismo formato. El contenido del dicho fichero se deberá ajustar a los diseños físicos y lógicos que se describen en el anexo de la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero.

martes, 26 de febrero de 2013

Medidas de apoyo al emprendedor y de estimulo del crecimiento y la creacion de empleo

De acuerdo con lo anunciado durante el Debate sobre el Estado de la Nación, el Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y que se ha publicado en el BOE del sábado 23 de febrero.
La norma pretende mejorar el crecimiento económico y la creación de empleo.
Dado que el blog está enfocado principalmente al ámbito fiscal empezaremos por aquellos incentivos fiscales que se han introducido sin olvidar el resto de medidas que entendemos que puede resultar de gran utilidad para los empresarios.


viernes, 22 de febrero de 2013

Modelo 720 - Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero

I) BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO SOBRE LOS QUE SE HA DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN
1)      Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero

Ø  Obligados a informar
Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición, que tengan tal condición a 31 de diciembre o lo hayan sido en cualquier momento del año.

martes, 5 de febrero de 2013

Modelo 347

Ya está disponible el programa de ayuda del modelo 347 para el ejercicio 2012. Os incluyo unas premisas a tener en cuenta sobre su cumplimentación y presentación. 
¿QUIÉN DEBE PRESENTAR EL MODELO 347?

1) Los contribuyentes que desarrollen actividades empresariales o profesionales. Además de las personas físicas y jurídicas (sociedades), se incluyen:

viernes, 25 de enero de 2013

Modelo 030

Además de las novedades fiscales que se están introduciendo, vamos a ir publicando instrucciones para la confección de los diferentes modelos que nos encontramos en Hacienda.
Empezaremos por las declaraciones censales que pueden presentar los contribuyentes a través de los siguientes modelos:
·         Modelo 030, dirigido a personas físicas que no desarrollen ninguna actividad empresarial o profesional.
·         Modelo 036, dirigido a personas físicas que realicen alguna actividad empresarial o profesional y a personas jurídicas.
·         Modelo 037, es una versión abreviada, exclusiva para personas físicas empresarios o profesionales.

Modelo 030

lunes, 21 de enero de 2013

IVA: Posibilidad de incrementar el tipo impositivo en algunos productos sanitarios

El TJUE ha dictado una sentencia en la que indica que España aplica un tipo reducido a categorías de bienes más amplias que las previstas en la Directiva de IVA, en el ámbito farmacéutico y equipos médicos, cuando debería aplicarse el tipo general.

martes, 15 de enero de 2013

AMORTIZACIÓN: LIMITACIÓN DE LA DEDUCIBILIDAD FISCAL DE LAS AMORTIZACIONES DEL INMOVILIZADO MATERIAL REALIZADAS POR LAS GRANDES EMPRESAS

Durante los ejercicios 2013 y 2014, las entidades que no tengan la consideración de empresa de reducida dimensión, aunque tributen por dicho régimen, sólo pueden deducir el 70% de los gastos contables por amortización.

EEUU – España: Firma de nuevo Convenio de Doble Imposición

Con fecha 14 de enero de 2012, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, y el embajador de EEUU en España, Alan D. Solomont, firmaron el protocolo que modifica el convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, modificativo del Convenio de Doble Imposición de 1990.


jueves, 10 de enero de 2013

RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS: REDUCCIÓN DEL RENDIMIENTO NETO POR CREACIÓN O MANTENIMIENTO DE EMPLEO

Se prorroga al ejercicio 2013 la reducción del 20% del rendimiento neto positivo de las actividades económicas, cuando los contribuyentes que cumplan determinados requisitos mantengan o creen empleo.

GASTOS E INVERSIONES PARA HABITUAR A LOS EMPLEADOS EN LA UTILIZACIÓN DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA COMUNICACIÓN Y DE LA INFORMACIÓN

Se prorroga al año 2013 el régimen aplicable a este tipo de gastos e inversiones, por lo que seguirán teniendo la consideración de gastos de formación, y por lo tanto, generarán rentas no sujetas a IRPF.
Consecuentemente, en IS, dará derecho a la aplicación de la deducción de gastos de formación.

DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL

Se suprime la deducción por vivienda habitual para las adquisiciones que se realicen a partir de 1 de enero de 2013
No obstante, se podrán aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual como hasta en 2012 gracias al régimen transitorio, los siguientes contribuyentes que, con anterioridad a 1 de enero de 2013, hubieran:

IMPUTACION FISCAL OBLIGATORIA EN DETERMINADOS CONTRATOS DE SEGURO

La imputación de las primas de los contratos de seguro que cubran conjuntamente las contingencias de jubilación y fallecimiento o incapacidad será siempre obligatoria por el importe que exceda de 100.000 euros anuales por contribuyente y respecto del mismo empresario, excepto en los seguros colectivos contratados en el marco de despidos colectivos.

REGLAS DE IMPUTACIÓN TEMPORAL: CAMBIO DE RESIDENCIA

Cuando un contribuyente de IRPF deje de tener la consideración de residente en territorio español por traslado a otro Estado miembro de la UE, podrá optar por

GANANCIAS PATRIMONIALES A CORTO PLAZO

En relación con la transmisión de elementos patrimoniales con menos de un año de antigüedad, se restablece el régimen existente con anterioridad a 2007.
Las ganancias obtenidas al respecto, se integrarán en la base imponible general del IRPF. De esta manera, ya no podrán beneficiarse del tipo de gravamen del ahorro en el que se encuadraban hasta ahora, mucho menos gravoso.

MODIFICACIÓN DE LA REGLA ESPECIAL DE VALORACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN EN ESPECIE DERIVADA DE LA UTILIZACIÓN DE VIVIENDA

A partir de 1 de enero de 2013, se ha modificado la valoración de la retribución en especie para el caso de utilización de vivienda de los empleados. Esta nueva medida de ajuste va a suponer que muchos empleados tengan que tributar más que hasta el momento y que las empresas pierdan uno de los incentivos que podían ofrecer a sus trabajadores sin tener que hacer subidas retributivas.
La cesión de uso de vivienda se ha valorado hasta ahora por el 5 o el 10% del valor catastral de la vivienda, con el límite del 10% de las restantes retribuciones del trabajo.

miércoles, 9 de enero de 2013

TRIBUTACIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO O CESE

Con efectos a partir de 1 de enero de 2013 se endurece la tributación de las indemnizaciones por despido o cese de “cuantía muy elevada”. Las modificaciones se producen tanto en IS del pagador como en el IRPF del perceptor.
IS del pagador
Serán no deducibles los gastos derivados de la extinción de la relación laboral, común o especial, o de la relación mercantil (administradores o miembros del Consejo de Administración), “o de ambas”, que excedan, para cada perceptor, del importe de 1.000.000 de euros o, en caso de resultar superior, del importe que esté exento en el IRPF, aun cuando se satisfagan en varios períodos impositivos.

martes, 8 de enero de 2013

Gravamen especial sobre determinados premios de las loterías - Novedades 2013

Con efectos 1 de enero de 2013, queda suprimida la exención en el IRPF aplicable a las ganancias obtenidas de los premios y loterías, aunque su importe no se integrará en la base imponible del impuesto.
Los premios derivados de juegos celebrados con anterioridad a 1 de enero de 2013, independientemente de cual sea la fecha de 2013 en que se cobren dichos premios, estarán exentos.

ACTUALIZACIÓN DE BALANCES – Novedades para 2013

El pasado 28 de diciembre se aprobó la Ley 16/2012, que ha introducido una nueva actualización de balances similar a la de 1996.

Esta medida permite actualizar tanto contable como fiscalmente el valor de los elementos del activo empresarial que están registrados a valor histórico, pero que, con el paso del tiempo se han visto revalorizados.

Paso a detallaros el funcionamiento y requisitos de la actualización de balances de 2012 para que

jueves, 3 de enero de 2013

Glosario de abreviaturas de términos tributarios


A continuación os incluyo un glosario de las principales abreviaturas utilizadas en el ámbito tributario que espero os sea útil:

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO - Cataluña

El pasado 27 de diciembre se publicó el Decreto Ley 7/2012, cuyas modificaciones afectarán a las personas físicas que tengan su residencia fiscal en Cataluña.

Declaraciones tributarias a presentar en enero de 2013

Os incluyo las declaraciones que habrá que presentar durante enero de 2013, de acuerdo con la información que proporciona la AEAT.


Presentación de otras declaraciones en ENERO:
Modelo 146. Pensionistas con dos o más pagadores. Solicitud de determinación del importe de las retenciones: enero y febrero de cada año.

Modelo 156. Declaración informativa anual de cotizaciones de afiliados y mutualistas a efectos de la deducción por maternidad, con carácter general: 1 a 31 de enero del año siguiente al que corresponda la declaración. Excepciones hasta el 1 de abril.

Modelo 210. Autoliquidación. Con carácter general: a ingresar 1 a 20 de abril, julio, octubre y enero. Cuota cero 1 a 20 de enero del año siguiente al de devengo. A devolver desde el 1 de febrero del año siguiente al de devengo y en el plazo de 4 años desde el fin del período de declaración e ingreso de la retención. Rentas de transmisiones de inmuebles: 3 meses habiendo transcurrido 1 mes desde la transmisión. Rentas imputadas de inmuebles urbanos: año natural siguiente al devengo.

Modelo 213. Gravamen especial sobre inmuebles de entidades no residentes: enero.

Modelo 216. Declaración-documento de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente: 1 a 20 de enero, abril, julio y octubre. Para grandes empresas, mensual.

Modelo 291. Declaración informativa de cuentas de no residentes: 1 a 31 de enero.

Modelo 296. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta: impreso 1 a 20 de enero, resto de vías de presentación 1 a 31 de enero.

Modelo 848 (IAE). Comunicación del importe neto de la cifra de negocios (quien tenga obligación de presentar dicha comunicación): 1 de enero a 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos la comunicación.

Modelo 568 (IEDMT). Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio: 1 a 20 de enero, abril, julio y octubre.



En caso de domiciliación de las autoliquidaciones, el plazo de presentación de las mismas es el siguiente:

1 - 15 de enero:     111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 (trimestrales y mensuales).
                             210, en caso de que salga a ingresar y se domicilie.
1 - 25 de enero:     130, 131 y 303
                             213, 311 y 371


miércoles, 2 de enero de 2013

Programa de calculo de retenciones 2013

A partir de hoy está disponible en la página de internet de la agencia tributaria el programa on line para el cálculo de las retenciones del trabajo personal para 2013.

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