- IS: Tipo de gravamen del 15% sobre los primeros 300.000 euros de base imponible, y del 20% para el exceso sobre dicho importe, aplicable en el primer período impositivo en que la base imponible de las entidades resulta positiva y en el período impositivo siguiente a este.
- IRPF: se establece una nueva reducción del 20% sobre los rendimientos netos de la actividad económica obtenidos por los contribuyentes que hubieran iniciado el ejercicio de una actividad económica, aplicable en el primer período impositivo en que el rendimiento neto resulte positivo y en el período impositivo siguiente a este. También, en el ámbito del IRPF, se suprime el límite actualmente aplicable a la exención de las prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único.
En otro post intentaremos resumir las medidas que
trascienden el ámbito fiscal, pero que son de mucha utilidad para los
empresarios.
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