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lunes, 10 de junio de 2013

Solicitud de devolución de la tasa judicial – Modelo 695

Desde el 1 de junio de 2013 se pueden presentar las solicitudes de devolución de la tasa judicial a través del modelo 695 en los siguientes supuestos:

-          Por allanamiento total

-          Por alcanzar un acuerdo que ponga fin al proceso

-          Por reconocimiento total de todas las pretensiones del demandante en vía administrativa por parte de la Administración demandada

-          Por acumulación de procesos

Sería conveniente poner en conocimiento del Tribunal que corresponda que se va a presentar o se ha presentado el modelo 695 para que compruebe si ha remitido la información de este tipo de procesos para que la Agencia Tributaria verifique la veracidad de la solicitud del contribuyente mediante el modelo 695 y, de esta manera, agilizar los trámites y evitar retrasos en las devoluciones.

martes, 18 de diciembre de 2012

Tasas judiciales

El día 17 de diciembre comienza la aplicación efectiva de la nueva tasa judicial al haberse publicado en el Boletín Oficial del Estado  y entrado en vigor la Orden ministerial que regula el formulario (modelo 696) para su presentación y pago.
El citado formulario, al no consistir en el tradicional papel preimpreso, no se puede obtener en estancos, Delegaciones o Administraciones de la Agencia Tributaria ni en las Oficinas judiciales, por lo que solo estará disponible en Internet.

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