-
Por allanamiento total
-
Por alcanzar un acuerdo que ponga fin al proceso
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Por reconocimiento total de todas las
pretensiones del demandante en vía administrativa por parte de la
Administración demandada
-
Por acumulación de procesos
Sería conveniente poner en conocimiento del Tribunal que
corresponda que se va a presentar o se ha presentado el modelo 695 para que
compruebe si ha remitido la información de este tipo de procesos para que la
Agencia Tributaria verifique la veracidad de la solicitud del contribuyente
mediante el modelo 695 y, de esta manera, agilizar los trámites y evitar
retrasos en las devoluciones.