El post de hoy va dedicado a hacer una “mini” planificación fiscal
con la deducción por donativos en el Impuesto sobre Sociedades antes de que
finalice el año.
Si bien no ha habido grandes cambios podemos hacer un juego
con la deducción a efectos de que nos beneficie en nuestra declaración.
En primer lugar, vamos a ver que cambios se han producido:
El Congreso aprobó ayer día 20 las enmiendas del Senado a la
nueva Ley del IS que sustituye al actual RD Legislativo 4/2004 por lo que solo
quedaría pendiente su publicación en el BOE
Alguna de las enmiendas que se han aprobado son las
siguientes y que os adelantamos, sin perjuicio de hacer con posterioridad un análisis
más detallado de las novedades son las siguientes:
Durante los ejercicios 2013 y 2014, las entidades que no tengan la consideración de empresa de reducida dimensión, aunque tributen por dicho régimen, sólo pueden deducir el 70% de los gastos contables por amortización.