Dicha orden contiene,
principalmente y de manera resumida, los siguientes puntos:
This order contains, principally, the following
points:
-
Se aprueba el modelo 410 de «Pago a cuenta del
Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación»
Form 410 of Payment on account of Tax of Deposits in Credit institutions (Banks and similar).
Dicho modelo se presentará entre el 1 y el 31 de julio
de cada periodo impositivo en curso (en caso de domiciliación bancaria, el
plazo finalizará el 26 de julio) y se hará de manera telemática
obligatoriamente siempre que el obligado tributario tenga el carácter de
Administración Pública, esté inscrito en el Registro de Grandes Empresas, esté
adscrito a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o bien tenga la
forma de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada.
This form will be submitted between 1 and 31
July of each fiscal year in progress. This form will be submitted on line
compulsorily if the taxpayer is a Public Administration, is in the Register of
Large-sized Enterprises, in the Central Office for Large Taxpayers, or is a
public limited company or limited liability company.
No obstante lo anterior, el modelo 410 correspondiente
al ejercicio 2014 se presentará entre el 1 y el 31 de diciembre de 2014 (en
caso de domiciliación bancaria, el plazo finalizará el martes 23 de diciembre
de 2014).
However, the form 410 of fiscal year 2014 will be submitted between 1 and 31 december 2014.
Modelo 410 (anexo BOE) aquí
-
Modifica los diseños físicos y lógicos del
modelo 190, en concreto:
·
Dentro de las subclaves a utilizar en
percepciones correspondientes a la clave G (Rendimientos
de actividades económicas: actividades profesionales), se introduce una
nueva subclave:
«04 Se consignará esta subclave cuando
se trate de percepciones a las que resulte aplicable el tipo de retención
específico establecido en la disposición adicional cuadragésima de la Ley del
Impuesto, para los rendimientos satisfechos a contribuyentes que desarrollen
actividades profesionales cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales
actividades correspondientes al ejercicio inmediato anterior sea inferior a
15.000 euros y represente más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros
de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho
ejercicio.»
·
Dentro de las subclaves a utilizar en
percepciones correspondientes a la clave E (Rendimientos
del trabajo: retribuciones a consejeros y administradores), se introduce dos
nuevas subclaves:
«01 Se consignará esta subclave
únicamente cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen
general de la Seguridad Social como trabajadores asimilados a trabajadores por
cuenta ajena.
02 Se consignará esta subclave en
todas las percepciones de la clave E distintas de las que deban relacionarse
bajo la subclave 01.»
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