El sábado se publicó la Orden HAP/2222/2014, de 27 de
noviembre, por la que se desarrollan para el año 2015 el método de estimación
objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen
especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
IRPF:
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Para 2015 se mantienen la cuantía de los
módulos, los índices de rendimiento neto de las actividades agrícolas y
ganaderas y sus instrucciones de aplicación.
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Se mantiene la reducción del 5% sobre el
rendimiento neto de módulos.
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En el anexo I se incorporan dos novedades:
1.
Nuevo índice corrector por cultivos en tierras
de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.
2.
Nuevo índice de rendimiento neto para los
contribuyentes dedicados a la actividad forestal de extracción de resina, debido
a la modificación del ámbito de aplicación del régimen especial de la
agricultura, ganadería y pesca del IVA van a poder aplicar a partir de este año
el método de estimación objetiva
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El índice corrector por cultivos en tierras de
regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica también será de
aplicación en el período impositivo 2014.
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En 2015 se mantienen los módulos así como las
instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial
simplificado en el año inmediato anterior.
En este periodo se mantiene período la reducción sobre el
rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF y
sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial
simplificado del IVA para las actividades económicas desarrolladas en el
término municipal de Lorca.
Los contribuyentes que tributen por “módulos” y deseen
renunciar o revocar su renuncia para el año 2015, dispondrán para ejercitar
dicha opción desde hoy hasta el 31 de diciembre del año 2014.
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