jueves, 3 de enero de 2013

Declaraciones tributarias a presentar en enero de 2013

Os incluyo las declaraciones que habrá que presentar durante enero de 2013, de acuerdo con la información que proporciona la AEAT.


Presentación de otras declaraciones en ENERO:
Modelo 146. Pensionistas con dos o más pagadores. Solicitud de determinación del importe de las retenciones: enero y febrero de cada año.

Modelo 156. Declaración informativa anual de cotizaciones de afiliados y mutualistas a efectos de la deducción por maternidad, con carácter general: 1 a 31 de enero del año siguiente al que corresponda la declaración. Excepciones hasta el 1 de abril.

Modelo 210. Autoliquidación. Con carácter general: a ingresar 1 a 20 de abril, julio, octubre y enero. Cuota cero 1 a 20 de enero del año siguiente al de devengo. A devolver desde el 1 de febrero del año siguiente al de devengo y en el plazo de 4 años desde el fin del período de declaración e ingreso de la retención. Rentas de transmisiones de inmuebles: 3 meses habiendo transcurrido 1 mes desde la transmisión. Rentas imputadas de inmuebles urbanos: año natural siguiente al devengo.

Modelo 213. Gravamen especial sobre inmuebles de entidades no residentes: enero.

Modelo 216. Declaración-documento de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente: 1 a 20 de enero, abril, julio y octubre. Para grandes empresas, mensual.

Modelo 291. Declaración informativa de cuentas de no residentes: 1 a 31 de enero.

Modelo 296. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta: impreso 1 a 20 de enero, resto de vías de presentación 1 a 31 de enero.

Modelo 848 (IAE). Comunicación del importe neto de la cifra de negocios (quien tenga obligación de presentar dicha comunicación): 1 de enero a 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos la comunicación.

Modelo 568 (IEDMT). Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio: 1 a 20 de enero, abril, julio y octubre.



En caso de domiciliación de las autoliquidaciones, el plazo de presentación de las mismas es el siguiente:

1 - 15 de enero:     111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 (trimestrales y mensuales).
                             210, en caso de que salga a ingresar y se domicilie.
1 - 25 de enero:     130, 131 y 303
                             213, 311 y 371


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