jueves, 10 de enero de 2013

IMPUTACION FISCAL OBLIGATORIA EN DETERMINADOS CONTRATOS DE SEGURO

La imputación de las primas de los contratos de seguro que cubran conjuntamente las contingencias de jubilación y fallecimiento o incapacidad será siempre obligatoria por el importe que exceda de 100.000 euros anuales por contribuyente y respecto del mismo empresario, excepto en los seguros colectivos contratados en el marco de despidos colectivos.

Hay que tener en cuenta que esta modificación no operará en el caso de contratos de seguro colectivos contratados con anterioridad a 1 de diciembre de 2012 siempre y cuando en ellos se reúnan los siguientes requisitos:
-          Que figuren primas de importe determinado expresamente y
-          Que el importe anual de las primas supere el límite de 100.000 euros.

Información actualizada el 10/01/2013

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