En relación con la transmisión de elementos patrimoniales con menos de un año de antigüedad, se restablece el régimen existente con anterioridad a 2007.
Las ganancias obtenidas al respecto, se integrarán en la base imponible general del IRPF. De esta manera, ya no podrán beneficiarse del tipo de gravamen del ahorro en el que se encuadraban hasta ahora, mucho menos gravoso.
Por tanto, a partir de 1 de enero de 2013, la clasificación de las ganancias y pérdidas patrimoniales se dividiría como sigue:
Alteración Patrimonial
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BI General
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BI Ahorro
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Las no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales
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Sí
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Las derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales adquiridos o de mejoras realizadas en dichos elementos con más de un año de antelación a la transmisión, o de derechos de suscripción de valores adquiridos con la misma antelación.
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Sí
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Las anteriores pero generadas en un año o menos.
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Sí
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Información actualizada el 10/01/2013
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